|
De acuerdo con la normativa de la Dirección General De Aviación Civil, el equipaje de mano de todos los pasajeros en espera de embarque debe ser inspeccionado antes de acceder a la zona restringida de seguridad o a bordo de la aeronave.
Del mismo modo, todos los pasajeros que ingresen al área de embarque, deben pasar a través de arcos detectores de metales y son también objeto de registros manuales aleatorios y continuos.
Los pasajeros no estarán autorizados a introducir en la zona restringida de seguridad ni en la cabina, de una aeronave artículos que constituyan un riesgo para la salud de los pasajeros y la tripulación, así como para la seguridad de las aeronaves y los bienes, como son:
Líquidos
La Unión Europea, ha adoptado nuevas normas de seguridad para el transporte de líquidos en el equipaje de mano que entraron en vigor el 6 de noviembre de 2006, en todos los aeropuertos comunitarios y en Noruega, Islandia y Suiza. Se aplican a todos los pasajeros que salen desde aeropuertos europeos, independientemente de su destino. El nuevo reglamento, limita la cantidad de líquidos que se pueden pasar por los controles de seguridad. En cambio no limita los líquidos, que se pueden comprar en las tiendas situadas una vez pasados dichos controles de seguridad o a bordo de un avión operado por una compañía europea.
Únicamente está permitido llevar líquidos en el equipaje de mano en los siguientes casos:
1 Líquidos en envases individuales de capacidad no superior a 100 ml contenidos a su vez en una bolsa de plástico transparente con sistema de apertura / cierre y de capacidad no superior a 1 L (sólo se puede transportar una bolsa por pasajero, incluidos niños).
2 Los contenidos de esta bolsa deberán caber cómodamente y la bolsa con dichos contenidos deberá poder cerrarse completamente.
3 Los líquidos incluyen gel, pastas, lociones y los contenidos de contenedores presurizados, por ejemplo pasta de dientes, gomina, bebidas, sopas, perfume, espuma de afeitar, aerosoles y otros artículos de consistencia similar.
4 Líquidos que deban ser utilizados durante el vuelo bien por necesidades médicas o por necesidad de dietas especiales, incluyendo comida infantil. Cuando sea requerido, el pasajero deberá mostrar la autenticidad del líquido.
5 Líquidos comprados en las tiendas de aeropuertos comunitarios, siempre y cuando dichas tiendas se encuentren después de los controles de seguridad. Si usted adquiere alguno de los productos afectados por esta normativa, contacte con el personal de la tienda para más información acerca de cómo transportar los líquidos adquiridos.
6 Líquidos obtenidos a bordo de la aeronave de una compañía comunitaria. SI adquiere alguno de los productos afectados por esta normativa, contacte con el personal de la tripulación para más información acerca de cómo transportar los líquidos adquiridos.
Si usted va a viajar con alguno de los líquidos permitidos citados en los puntos anteriores en su equipaje de mano, deberá sacarlos del equipaje de mano y presentar dichos líquidos en el control de seguridad para su inspección separada del resto del equipaje de mano.
Las restricciones relativas al transporte de líquidos al que se refiere este apartado no afectan al equipaje facturado.
|